Todo sobre la declaración de renta 2023: ¡No te dejes coger el tiempo!

La sanción mínima para los extemporáneos es de $424.000. De no presentarla, se le sumaría una sanción del 20%.

Entre el 9 de agosto y el 19 de octubre de 2023 podrás presentar tu declaración de renta correspondiente al periodo gravable del año 2022. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN maneja unos topes, según lo establecido por el Ministerio de Hacienda de Colombia.
Lo primero que debes tener presente es establecer si como persona natural estás obligado a declarar.

¿Quiénes deben declarar?

Deben cumplir con esta actividad financiera de 2022 quienes:

-Tengan un patrimonio bruto al término del 2022 igual o superior a $171.018.000
-Sumen ingresos totales para 2022 iguales o superiores a $53.206.000
-Reporten consumos mediante tarjeta de crédito iguales o superiores a $53.206.000
-Tengan un valor total de las compras y consumos igual o superior a $53.206.000
-Reporten un valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras igual o superior a $53.206.000

Todos los colombianos que reúnan cualquiera de estas condiciones deberán cumplir con la obligación tributaria al año gravable 2022 ante la DIAN.
La siguiente recomendación es revisar el calendario tributario de la DIAN oportunamente para que no se te venza el plazo. (Lea además: ¡Atención! Superfinanciera podría acceder a sus datos bancarios sin orden judicial)

¿Qué documentos necesitas?

La lista de certificaciones crece a medida que tengas más bienes, ingresos o deuda. Los básicos:

-Certificados de ingresos y retención que expide su empleador.
-Certificados anuales de retención, también llamado tributarios, de sus productos bancarios.
-Certificación anual de consumos de tarjetas de créditos
-RUT.
-Si tienes bienes: Impuesto predial, certificado de fiducia si compró vivienda sobre planos, promesa de compraventa de inmuebles, factura de compra o liquidación del impuesto vehicular.
-En caso de aplicar a deducciones, como medicina prepagada, donaciones o aportes voluntarios de pensiones, debe aportar los certificados de pago o de las entidades donatarias, según sea el caso.

Varios de estos comprobantes, los recibes en tu correo electrónico por parte de las entidades financieras y de tu empleador. Si no los tienes a la mano, los puedes descargar en las plataformas virtuales de estas entidades o solicitarlos en las oficinas físicas.

Todos los colombianos que cumplan con las condiciones deben cumplir con la obligación tributaria ante la DIAN”.

¿Qué pasa si no declaras o lo haces de manera extemporánea?

Las personas deben hacerlo de manera oportuna, esto es, dentro de los plazos legales para no verse incursos en sanciones que podrá imponer la DIAN.
Quienes declaren renta fuera de las fechas establecidas se enfrentan a sanciones económicas. En caso de extemporaneidad, la DIAN impone una sanción del 5% sobre el impuesto a cargo, la cual se incrementa por cada mes vencido. La sanción mínima para los extemporáneos es de $424.000. De no presentarla, se le sumaría una sanción del 20%.

¿A dónde va a parar el dinero que pagas en el impuesto sobre la renta?

Las personas y empresas en Colombia, cuyas ganancias, salarios, comisiones y demás ingresos alcancen los topes establecidos por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) deben pagar un tributo al Estado.
Este monto se denomina impuesto sobre la renta y, como su nombre lo indica, se paga sobre la renta obtenida, por lo que varía cada año. 
Estos recursos recaudados por el impuesto sobre la renta se incorporan al Presupuesto General de la Nación y contribuyen a financiar programas y proyectos de salud, educación, vías, agua potable, entre otros del Estado, así como el sostenimiento del mismo. A cargo de su distribución está el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
De acuerdo con el artículo 102 de la Ley 1819 de 2016, el cual modificó el artículo 243 del Estatuto Tributario, a partir del periodo gravable 2017, nueve puntos porcentuales (9%) de la tarifa del impuesto sobre la renta y complementarios de las personas jurídicas se destinan así:

1. 2,2 puntos para financiar el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF).
2. 1,4 puntos para financiar el Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena).
3. 4,4 puntos para financiar el Sistema de Seguridad Social en Salud.
4. 0,4 puntos para financiar programas de atención a la primera infancia.
5. 0,6 puntos para financiar a las instituciones de educación superior públicas, para mejorar la calidad de la educación superior y/o para financiar créditos beca a través del ICETEX. (Vea también: Renta Ciudadana 2023: consulte si tiene giros disponibles)

¿Qué pasa con el gran porcentaje restante?

Responde al principio presupuestal de unidad de caja, según el cual, el recaudo de todos los ingresos se conforma un fondo común con el cual se atienden todas las autorizaciones de gasto, aprobadas por el Congreso de la República.
Este organismo, integrado por el Senado de la República y la Cámara de Representantes, es el que decide qué impuestos deben pagar los colombianos.
Desde la Constitución determina tres rasgos principales que deben tener los tributos en el país. Y es que deben ser: eficientes, recaudando el dinero que el Estado necesita para mantenerse, pero causando la mínima afectación en comercios o familias; y equitativos, de modo que su pago se distribuya entre todos los contribuyentes, sin cargar en exceso a ningún grupo poblacional.
Pero además deben ser progresivos o proporcionales a la capacidad de ingreso de personas y empresas, es decir, entre más ingresos tengan deberían contribuir mucho más en impuestos que quienes tienen escasos recursos.
Justo estos son los principios del impuesto sobre la renta que, solo entre personas jurídicas, recaudó $13,1 billones correspondientes al año gravable 2020. Otros $2,7 billones de pesos correspondientes al mismo año ingresaron por parte de personas naturales, aseguró la DIAN, quien este 2022 continúa sumando los pagos correspondientes al año gravable 2021.