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Milena Conrado Oct 06, 2024

Ojo se acaba el plazo para acceder al beneficio del 50 de la dian

Hasta el próximo 15 de mayo, los contribuyentes deudores de impuestos nacionales tienen plazo para radicar y suscribir ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) las facilidades o acuerdos para el pago de obligaciones pendientes, beneficio que otorgó la pasada Reforma Tributaria para la Igualdad y la Justicia Social (Ley 2277 de 2022). 

La normatividad define que únicamente podrán acceder a facilidades de pago con plazo igual o inferior a un año –sin necesidad de garantías–, quienes no hayan incumplido facilidades para el pago durante el año anterior a la fecha de presentación de la solicitud. 

Es de recordar que este beneficio permite normalizar sus obligaciones en mora, pagando el total de la obligación hasta el 30 de junio de 2023, liquidando solamente el 50% de la tasa de interés. En el mes de mayo la tasa de usura es del 45.41%, descontando los dos puntos porcentuales (2%) señalados en la norma = 43,41%, aplicando la reducción del 50% paga una tasa de interés del 21.7%. 

Así mismo, sobre las declaraciones de impuestos que hayan omitido presentar o deban hacer alguna corrección se reduce el 60% de las sanciones e intereses por pago que se realice antes del 31 de mayo de 2023. 

La Administración Tributaria busca facilitar y promover el cumplimiento voluntario de las obligaciones pendientes de pago de 321.367 deudores, cuyas deudas suman $14,5 billones, siendo las más representativas las de IVA e impoconsumo ($6,4 billones) y retención en la fuente ($5,2 billones) que constituyen el 80%. 

Del total de la cartera de IVA, retefuente e Impoconsumo, $5,1 billones corresponden a responsables y agentes retenedores que pese a las acciones de cobro y llamados persuasivos a que normalicen sus obligaciones, a la fecha no han pagado las retenciones en la fuente practicadas y los cobros de IVA e impoconsumo realizados a los consumidores. En otras palabras, cobraron unos impuestos que declararon ante la DIAN, pero omitieron pagar y por tanto serán denunciados ante la Fiscalía General de la Nación. 

El próximo lunes 8 de mayo, el órgano investigador, en coordinación con la DIAN, ha citado en la ciudad de Bogotá a 1.200 morosos que adeudan obligaciones de retención en la fuente, IVA e Impuesto al Consumo. Vale destacar que el contribuyente que no pague el IVA o Impoconsumo que recaude, o las retenciones en la fuente que practique, puede ser denunciado penalmente por el delito de omisión del agente retenedor o recaudador el cual conlleva una posible privación de la libertad de 49 a 108 meses.