¿En qué quedó la reforma tributaria?

En las últimas tres semanas se realizaron cambios.
Gustavo Petro, presidente de Colombia.

Noviembre llegó con la ponencia final de la reforma tributaria del Gobierno de Gustavo Petro. Precisamente el proyecto que se terminó de cocinar las últimas tres semanas entre el Ministerio de Hacienda y los congresistas ponentes es pensado para que se pueda votar entre este miércoles y jueves en las plenarias del Senado y Cámara.
El texto llegó al debate en el Congreso con 90 artículos. De estos puntos, 17 son elementos nuevos en relación con el texto aprobado por las comisiones terceras.
Entonces ¿Cómo quedó la reforma tributaria? Lo primero es que hay que recordar que, en efecto, se eliminó cualquier tipo de impuesto a las pensiones. Así se dejarán de recaudar hasta $350.000 millones que habrían puesto los jubilados que recibían más de $12 millones al mes (1% de los retirados). Y con los demás ajustes a continuación mencionados, el recaudo ahora estaría entre $19 y $20 billones. (Lea aquí “No vamos a presentar un impuesto a las pensiones”: Petro).
Impuesto a los hidrocarburos
Colocarían hasta $9 billones de la tributaria. Ya no se tomará el precio promedio internacional de los hidrocarburos de los últimos 20 años para definir la sobretasa a ese sector, sino de los últimos 10 años sin incluir el año de la declaración.
Los umbrales para el sector de extracción de petróleo crudo se definen de acuerdo con la distribución de los precios internacionales en términos reales, deflactados con el IPC de Estados Unidos, para los últimos 10 años, así:
(El percentil a continuación quiere decir que cuando el precio esté por debajo del 30% del promedio de los últimos 10 años se cobra 0%. Cuando esté entre 30% y 45%, se cobra el 5% y así)
• 0% de sobretasa: precio por debajo del percentil 30.
• 5% de sobretasa: precio entre el percentil 30 y el 45.
• 10% de sobretasa: precio entre el percentil 45 y el 60.
• 15% de sobretasa: precio por encima del percentil 60.
Por su parte, los umbrales para el sector de extracción de carbón se definen de acuerdo con la distribución de los precios internacionales en términos reales, deflactados con el IPC de Estados Unidos, para los últimos 10 años, así:
• 0% de sobretasa: precio por debajo del percentil 45.
• 5% de sobretasa: precio entre el percentil 45 y el 60.
• 10% de sobretasa: precio por encima del percentil 60
Igualmente, con el tema de regalías: se mantiene la no deducibilidad de las regalías del impuesto de renta, pero con modificaciones en la valoración de las regalías pagadas en especie por parte de las empresas.
Generalidades
En este sentido, el proyecto incluye un apartado de impuestos saludables que han sido objeto de continuos debates por la posible afectación que tendrían en la canasta básica familiar y que, según la consultora Raddar, podrían elevar el costo de vida hasta en un 4% adicional al año.
Asimismo, hay propuestas para gravar algo que técnicamente llaman ingresos extraordinarios y que se refiere a las ganancias que un ciudadano, por ejemplo, percibe por la venta de una casa o cuando se gana la lotería.
Es de recordar que una vez el gobierno planteó la reforma tributaria, defendió que estaría concentrada en los 4.000 contribuyentes más ricos del país. En este caso, también se especifica en el proyecto cómo se cobrará el impuesto al patrimonio y a los dividendos.  (Lea aquí Gobierno de Petro: estos serán los temas que estarán en el Plan de Desarrollo).
De otro lado, hay ajustes frente a sectores sensibles para la economía como el de los hidrocarburos y el régimen de zonas francas. Este último punto había motivado una carta en la que Ecopetrol advertía que, de aprobarse tal como estaba en sus inicios, el país tendría que importar combustibles y eso presionaría más el bolsillo de los colombianos.
Además, por primera vez, un proyecto de reforma tributaria habló de cargar impuestos a la iglesia en Colombia.

Se eliminó cualquier tipo de impuesto a las pensiones".

Puntos polémicos
No se puede deducir regalías: Aunque las empresas del sector hidrocarburos y las mineras han insistido en que las regalías son un costo, no una ganancia, se establece la no deducibilidad de estas en el impuesto de renta y los gremios piden que esto se modifique.
La sobretasa sigue adelante: Las empresas de hidrocarburos pagarán una sobretasa de entre 5% y 15% si los precios internacionales exceden la cotización promedio de los últimos 10 años. Para el sector financiero, la sobretasa será del 5% y se mantendrá hasta 2027.
Cambio en las zonas francas: El Gobierno quería que las empresas de zonas francas pagaran una tarifa del 30% si exportan poco. Pero, algunas industrias, como Reficar, contarán con dos cédulas para tributar 35% por lo que venden en el país y 20% por lo que exportan.
Así queda el régimen simple: El Proyecto busca reducir las tarifas, eliminar y crear categorías de actividades y la eliminación de la obligación de declarar y pagar anticipos bimestrales para algunos contribuyentes con el ánimo de incentivar la formalización en el país.
Iglesias y bancos de alimentos: En el texto, las entidades declarantes no contribuyentes, como los bancos de alimentos, serán contribuyentes del régimen ordinario del régimen sobre el impuesto de renta y piden ser exentos. La iglesia no será gravada con impuesto a la renta.
Alimentos
El texto de la reforma tributaria propone gravar con una tarifa gradual del 10% en 2023, y del 20% hacia el 2025, los embutidos (excepto salchichón, butifarras y mortadela), Lácteos con adición de azúcar o edulcorantes (excepto el arequipe), chocolates, mezclas y pastas para la preparación de productos de panadería, pastelería o galletería, yogur, mantecas y cremas, lactosueros, jugos de frutas con adición de azúcar, mermeladas, helados, confitería, mezclas en polvo de café, té o yerba mate y el agua con adición de azúcar. (Lea también “Toca hacer la transición económica hacia la economía descarbonizada”: Gustavo Petro).
Patrimonio
Aunque el Ministerio de Hacienda ha dicho que los patrimonios que empezarán a pagar impuestos son los de más de $3.000 millones, según la fórmula del articulado, se indica que es a partir de los 72.000 UVT, es decir, $2.736 millones con la UVT actual ($38.004). Desde este punto de partida y hasta los $4.636 millones (122.000 UVT) pagarán una tarifa de 0,5%.
La segunda tarifa es para los patrimonios de entre $4.636 millones y hasta $9.082 millones, que tendrán una carga fiscal de 1%. Y en los últimos debates se incluyó un tercer nivel para los patrimonios de más de $9.082 millones que tendrán una tarifa marginal de 1,50%.
Cárcel para evasores
El acuerdo fue que la primera vez que se evada una obligación, se pagará normalmente. La segunda reincidencia incurrirá en multa y para la tercera pagará cárcel.
Dividendos
Una de las características de la reforma era que todos los ingresos se trataran por igual. Esto quería decir que los dividendos entrarían a la tabla de tarifas marginales de renta que van de 0% a 39%, según los ingresos. Pero el MinHacienda acordó con los ponentes que ya no harán parte de esta tabla, sino que tendrán un descuento de 19%, con una tasa máxima de 20% para mantener la progresividad.
De ese modo, el pequeño accionista no pagaría impuestos adicionales sobre dividendos. Y el tope llegará solo hasta 20%, para los de altos ingresos.
Ganancias ocasionales
Al igual que los dividendos, el MinHacienda proponía que las ganancias ocasionales también se trataran como ingresos ordinarios, pero luego reconoció que este es el único ingreso que no es igual al resto. Por eso modificó la propuesta para que mantenga su cédula independiente y, en cambio, tenga una tarifa única de 15% para el caso de herencias, donaciones y enajenaciones de activos (que pagan una tarifa actual de 10%) y de 35% para las rifas y loterías (paga 20% en la actualidad).
Incluso, el jefe de la cartera económica anunció que en este caso se mejorarán algunos beneficios como el de la venta de viviendas que estarán exentas del impuesto si el dinero obtenido se utiliza para comprar otra vivienda.
Subsidio a la gasolina
El Gobierno planteaba inicialmente eliminar el subsidio a la gasolina que tienen las poblaciones de las zonas de frontera. Estas regiones están excluidas de pagar el IVA en el combustible, además de otras exenciones como aranceles y el impuesto nacional a la gasolina y el Acpm. Pero el MinHacienda rectificó y mantuvo estos beneficios para esas poblaciones.

El Universal.